Amparo González
SUMARIO
I. Origen
II. Definición
III. Funciones
IV. La colección
V. Estructura básica
VI. El Consejo de Dirección
VII. El Subdirector
VIII. Áreas
I. Origen
Se creó por Decreto de 19 de abril de 1941 para reunir las colecciones de arqueología americanas y facilitar su estudio no sólo por los investigadores, sino también por el gran público.
Dado el cambio en las técnicas museográficas y el aumento de sus fondos, así como el mayor reconocimiento y documentación de las culturas americanas e hispanoamericanas, se creyó necesaria la reorganización del Museo de América, conforme lo previsto en el artículo 61 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, y de los artículos 3 y 4 el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos, aprobado por Real Decreto 20/1987 de 10 de abril.
Así, a propuesta del Ministerio de Cultura, se aprobó, el 7 de mayo de 1993, el Real Decreto 682 por el cual se reorganiza el Museo de América. Éste consta de nueve artículos, una disposición adicional única, una única disposición transitoria y una única disposición derogatoria, así como de dos disposiciones finales.
II. Definición (art. 1.1):
El Museo de América es el museo nacional que depende de la Dirección General de Bellas Artes y Archivos y que tiene encomendadas las funciones de investigación y divulgación de las culturas americanas y española en América, a través de sus fondos, así como la documentación y difusión de los estudios y expediciones de los españoles en dicho continente.
III. Funciones del Museo de América (art. 1.2):
- Conservar, catalogar y exhibir los fondos de su colección estable.
- La investigación de sus colecciones
- La organización periódica de exposiciones de su especialidad.
- Elaborar y publicar catálogos y monografías sobre dichos fondos, así como el desarrollo de actividades divulgativas y didácticas y las relaciones con otros museos.
IV. La colección (art. 2):
Está formada por Bienes de Patrimonio Histórico Español, de la Administración del Estado, asignados al Museo como fondos estables, actuales y futuros.
V. Estructura básica (art. 3):
El órgano rector del Museo de América es el Director (art. 4) del cual dependen la Subdirección y el departamento de Administración. El órgano asesor es un Consejo de Dirección presidido por el Director e integrado por el Subdirector, los Jefes de los departamentos técnicos y el Jefe del departamento de Administración, que ejercerá la Secretaría.
El Director será nombrado y separado por el Ministerio de Cultura, a propuesta del Director General de Bellas Artes y Archivos. Al Director le corresponden:
- La representación ordinaria del Museo.
- La coordinación de los trabajos derivados del tratamiento administrativo y técnico de los fondos del Museo.
- La adopción de medidas necesarias dentro de su competencia para la seguridad de los fondos custodiados por el Museo.
- La propuesta de adquisición de nuevos fondos, el impulso de relaciones de cooperación con otros museos, así como la del Plan anual de Autoridades y la Memoria anual de dicho Museo
VI. El Consejo de Dirección (art. 5):
Estará presidido por el Director e integrado por el Subdirector y los Jefes de departamentos técnicos, y ejercerá funciones de asesoramiento sobre la política de adquisiciones del Museo, el depósito de fondos del mismo, la programación de actividades culturales, la prestación de servicios al público, la venta de publicaciones u otros objetos en las instalaciones del museo, así como la reproducción de sus fondos. También, entre otras funciones, asesorará sobre la propuesta de perfiles para la provisión de los puestos de trabajo de carácter científico y técnico, la creación de nuevos departamentos y su organización interna, la asignación de fondos entre los distintos Departamentos del Museo, así como la composición del Consejo de Redacción de sus publicaciones.
El funcionamiento, del Consejo de Dirección deberá ajustarse a la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
VII. El subdirector (art. 6):
Es el encargado de la coordinación de los administradores de los departamentos técnicos, y de la programación de prestación de servicios, así como del apoyo al Director del Museo en el ejercicio de sus funciones, así como de su sustitución en caso de ausencia.
VIII. Áreas
Dentro de la estructura del Museo de América existen varias áreas:
a) Área de Conservación e Investigación (art. 7), con diferentes departamentos técnicos: Conservación, Documentación, y tres de Investigación (América Precolombina, América Colonial y Etnología americana). Al Departamento técnico de Conservación le corresponden: la conservación, la vigilancia y control de los fondos del Museo, la programación y realización de análisis y exámenes necesarios para el conocimiento del estado de los mismos, el informe sobre la conveniencia de préstamos temporales de dichos fondos y la organización de los sistemas de almacenaje de los mismos; así como, entre otras funciones, la asistencia al Director en la preparación de la Muestra Anual y la presentación de un informe sobre las actividades de de dicho departamento.
b) Departamento técnico de Documentación (art. 7.3), al que le corresponden, entre otras, las funciones siguientes: el registro del ingreso de fondos; la organización del archivo de expedientes de los fondos; y de todo tipo de documentos que genere el Museo, así como la coordinación, el control, y el suministro de bibliografía y documentación a los órganos rectores y a las diferentes áreas del Museo.
c) Departamentos técnicos de Investigación (art. 7.4), a los que les corresponden la elaboración de instrumentos de descripción y catalogación para el análisis de los fondos del Museo, el estudio de las necesidades científicas de incremento de los mismos, la realización de investigaciones en el área de sus competencias, así como la publicación y difusión de las mismas. También, entre otras, la catalogación y clasificación científica de sus fondos; el asesoramiento e información a los investigadores en lo relativo a los fondos del Museo; y la asistencia al Director en la elaboración de la memoria anual, informando sobre las actividades del Departamento en cuestión.
Les corresponden, entre otras funciones: la elaboración de medios de información, la evaluación científica de incidencia de las exposiciones en el público; la gestión del Plan de publicaciones del Museo, así como el asistir al Director en la elaboración de la memoria anual y en la elaboración de un informe de sus actividades.
d) Área de Administración (art. 9)
A ella le corresponden la gestión económica-administrativa; el régimen interior de los servicios generales del Museo; el registro y los archivos administrativos y general del Museo; la coordinación de los servicios técnicos de mantenimiento y limpieza, vigilancia, seguridad y cuantas otras funciones le encomiende el Director del Museo en el marco de su competencia.